Ayudas IVACE para Valencia

A continuación, econtrarás información sobre las tres nuevas ayudas que empiezan este mes.

No te preocupes si no puedes leerlo todo. Nosotros te lo explicamos mediante una conversación telefónica. Simplemente rellena el formulario que tienes a continuación y te contactaremos para comentar la mejor ayuda para tu caso concreto.

IVACE INNOVAi4.0 (Industria 4.0.)

  • Empresas Beneficiarias: Desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • Actuaciones Subvencionables: Proyectos que tengan como objetivo la transformación digital de las empresas beneficiarias mediante la integración de tecnologías digitales, de nueva incorporación en el proyecto o previamente existentes en la empresa, trabajando simultáneamente en las siguientes áreas:
    • Hibridación del mundo físico y digital.
    • Comunicación y tratamiento de datos.
    • Procesamiento inteligente de la información digital.

Su resultado deberá ser la puesta en marcha de nuevas soluciones en alguno de los siguientes ámbitos: entre otros, virtualización, simulación de procesos, sistemas de fabricación avanzada (fabricación aditiva, láser…), robótica autónoma/colaborativa, operaciones asistidas por realidad aumentada/virtual, aprendizaje de patrones de funcionamiento, toma automática de decisiones, integración horizontal y vertical de procesos, nuevos productos/servicios basados en la interconexión digital.

  • Intensidad de la Ayuda: Dependiendo del tamaño de empresa:
    • Pequeña empresa: Subvención de hasta el 45%
    • Mediana empresa: Subvención de hasta el 35%
  • Costes Subvencionables:
    •  Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 40.000 euros.
    • Subcontrataciones Técnicas: Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensorización, diseño y fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas. Para que la propuesta sea viable, el coste subvencionable en el concepto de consultoría y asistencia técnica deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 15 % del coste subvencionable total o 25.000 euros.
    • Activos materiales: Inversiones en hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva; adaptación de equipos productivos necesarios para la implementación de las soluciones propuestas. No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.
    • Activos inmateriales:  Desarrollo de software a medida, adquisición de nuevas licencias, o bajo la modalidad de pago por uso, incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, así como software de comunicaciones para facilitar el funcionamiento de las soluciones que integren el proyecto.
  • Duración del Proyecto: 01 Enero de 2022 – 30 Junio de 2023.
  • Plazo de Solicitud: Febrero 2022 – Mediados de Marzo.
  • Otros Datos de Interés:
    • Ayuda de Régimen de Mínimis.
    • Posibilidad de Solicitar varias propuestas o proyectos.

IVACE DIGITALIZA

  • Plazo de Solicitud: 1º Trimestre del año a esperas que concreten en la Convocatoria que emitirán entre Diciembre y Enero.
  • Plazo de Ejecución: Durante la anualidad 2022.
  • Plazo de Justificación: Enero de 2023.
  • Empresas Beneficiarias: Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
    • Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
    • Sección H-Divisiones 49 a 53.
    • Sección J-Divisiones 58 a 63.
    • Sección M-Divisiones 69 a 74.

En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.

  • Intensidad de la ayuda:
    • Pequeña empresa: hasta el 40%.
    • Mediana empresa: hasta el 30%.
  • Actuaciones Apoyables: Proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, en el ámbito de los CNAES antes detallados y relacionados con una o varias de las siguientes:
    • Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios. Concretamente se considerarán apoyables:
      • Aplicaciones PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
      • Soluciones de modelización, simulación y virtualización de procesos.
    • Control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización asociados a producto, servicio y proceso. Concretamente se considerarán apoyables:
      • Aplicaciones de realidad aumentada y realidad virtual con aplicación en este tipo de actuaciones.
      • Sistemas de Control Numérico.
      • Sistemas MES.
      • Sistemas SCADA.
      • Aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo.
      • Robots industriales (norma ISO 8373).
      • Sistemas de visión artificial.
      • Sistemas automatizados de almacenamiento y logística interna.
      • Sistemas de fabricación aditiva e impresión 3D.
      • Sensorización de productos, servicios o procesos con objeto de procesar la información obtenida de los mismos.
      • Implantación de PLC.
    • Sistemas de planificación de recursos empresariales, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular. Concretamente se considerarán apoyables:
      • Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP y aplicaciones de Business Intelligence.
      • Aplicaciones de gestión logística interna y externa, entre otras aplicaciones SCM, SGA, MRP y CRM.
      • Aplicaciones destinadas a actuaciones de economía circular.
    • Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones, es decir, vinculados con actuaciones como las descritas en los apartados a, b o c anteriores, realizadas por la empresa dentro del proyecto objeto de apoyo o ya desarrolladas con anterioridad. Concretamente se considerarán apoyables:
      • Dispositivos y aplicaciones de telecomunicación.
      • Soluciones basadas en cloud computing.
      • Aplicaciones big data.
      • Soluciones de seguridad de la información y las comunicaciones.
      • Soluciones para la digitalización de productos y dispositivos para dotarlos de funcionalidad IoT.
      • Soluciones basadas en técnicas de inteligencia artificial.
  • Costes subvencionables: Existen dos líneas dentro de esta subvención y ayuda:
    • Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se considerarán:
      • Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
      • Desarrollo de aplicaciones a medida.
      • Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.
    • Adquisición de activos materiales: Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos en soluciones del tipo de las definidas en el apartado A.1.b del anexo correspondiente de la convocatoria.
    • Adquisición o adaptación de bienes de equipo directa y exclusivamente relacionados con las soluciones recogidas en el apartado b).
    • Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.
  • Otros Datos de Interés:
    • Ayuda de Régimen de Mínimis.

IVACE INNOVAProC (Innovación en Proceso):

  • Empresas Beneficiarias: Desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
  • Actuaciones Subvencionables: Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:
    • Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
    • Puesta en marcha o readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia con objeto de:
      • Obtener productos y servicios basados en el ecodiseño.
      • Incorporar tecnologías ecoeficientes.
      • Realizar una utilización eficiente de recursos.
      • Facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.
      • Garantizar la trazabilidad del producto.
  • Intensidad de la Ayuda: Dependiendo del tamaño de empresa:
    • Pequeña empresa: Subvención de hasta el 45%
    • Mediana empresa: Subvención de hasta el 35%
  • Costes Subvencionables:
    •  Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 40.000 euros.
    • Subcontrataciones Técnicas: Servicios de consultoría e ingeniería para implantación de medidas. Para que la propuesta sea viable, el coste subvencionable en el concepto de consultoría y asistencia técnica deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 15 % del coste subvencionable total o 25.000 euros.
    • Activos materiales: Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios. Para proyectos de readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición o adaptación y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos acordes a la convocatoria. No será elegible la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos
    • Activos inmateriales:  Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos.
  • Duración del Proyecto: 01 Enero de 2022 – 30 Junio de 2023.
  • Plazo de Solicitud: Febrero 2022 – Mediados de Marzo.
  • Otros Datos de Interés:
    • Ayuda de Régimen de Mínimis.
    • Posibilidad de Solicitar varias propuestas o proyectos.

 

VALENCIA INMPYME TIC

  • Solicitud: 1er Trimestre 2022.
  • Beneficiarios: Pymes.
  • Subvención: Hasta 40%.
  • Proyectos: Innovación desarrollo de nuevos servicios.

 

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