Préstamos bonificados hasta el 20% para Pymes valencianas

  • Objeto: Préstamos bonificados hasta el 20% en forma de ayuda
    directa a inversiones en pymes valencianas.
  • Beneficiarios: Pequeñas y medianas empresas cuya sede social,
    establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de
    actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.
  • Proyectos:
    • Financiar operaciones de inversión cuya ejecución esté previsto
    finalizar durante el ejercicio 2022 por parte de pequeñas y
    medianas empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal
    de producción o de desarrollo de actividad se encuentre
    radicado en la Comunitat Valenciana con proyectos que
    tendrán como finalidad:
    • Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y
    equipos
    • Adquisición de participaciones empresariales
    • Adquisición o elaboración propia de activos intangibles
  • Tipo de ayuda: Se trata de un préstamo que tiene las siguientes
    condiciones:
  • IMPORTE: El valor nominal del préstamo se situará entre 1.000.000
    euros y 5.000.000; si bien, el valor nominal del préstamo no podrá
    superar, en ningún caso, el 80% del valor de la inversión objeto de
    financiación.
  • Gastos elegibles: En tanto que inversiones en activos fijos, serán
    gastos financiables elegibles los siguientes:
    • Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización
    en la producción de los bienes y servicios que constituyen la
    actividad principal de la empresa.
    • Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones
    técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
    • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su
    destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los
    proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
    • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la
    información y la comunicación.
    • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
    • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la
    explotación, hasta un máximo de 25.000 euros, con la excepción
    de aquellos solicitantes cuyo objeto social consista en el
    arrendamiento de estos elementos patrimoniales. A este respecto,
    la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por
    carretera no se considerará en ningún caso como gasto
    financiable elegible a los efectos de esta Convocatoria.
    • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo,
    la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones
    informáticas.
    • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar
    la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de
    acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave
    para el proceso productivo de la empresa.
  • Plazo de solicitud: Hasta el 01/06/2022 o hasta que se agote el
    presupuesto

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